Informaron 3119 nuevos casos y 118 muertes en 24 horas El total de contagios en el país es de 1.466.309 y las víctimas fatales ascienden a 39.888. Ya son 1.300.696 los pacientes recuperados. El Ministerio de Salud informó este lunes 3119 nuevos casos de coronavirus y 118 muertes en 24 horas en la Argentina. En el reporte vespertino se detalló que los infectados en todo el país son 1.466.309, y las víctimas fatales, 39.888. En tanto, suman 1.300.696 los pacientes dados de alta. Según los datos del Gobierno, de las 118 víctimas fatales, 74 son hombres y 43 mujeres. Además, se informó que “una persona, residente en la provincia de Córdoba, fue registrada sin dato de sexo”. También se comunicó que en las últimas 24 horas se hicieron 9.951 testeos de coronavirus. De esta forma, las pruebas diagnósticas realizadas desde el inicio de brote ascienden a 4.111.139, lo que equivale a 90.600 muestras por millón de habitantes. En total, se conocieron 693 nuevos casos en la provincia de Buenos...
FORMOSA-Gildo Insfrán acatará el fallo de la Corte por los varados pero advierte: “Impacta en una medida sanitaria efectiva”
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Se acatará el fallo de la Corte por los
varados
Fue después de que el máximo tribunal le ordenó el ingreso
de las personas que estaban en la frontera y no podían volver a sus casas.
“El derecho a la salud y a la vida de 640 mil formoseños y
formoseñas son bienes superiores en el marco de la pandemia”, con este
argumento, el gobernador de Formosa Gildo Insfrán le retrucó a la Corte
Suprema. El jueves el máximo tribunal le ordenó el ingreso de las personas que
estaban en la frontera y no podían volver a sus casas desde el inicio de la
pandemia de coronavirus. Sin embargo, aclaró: “Somos respetuosos con las
instituciones de la República y cumpliremos con el fallo”.
La Corte se expidió de esta manera ante un amparo colectivo
presentado por damnificados por las limitaciones a la libre circulación de
personas que impusieron las autoridades formoseñas, y que motivó -según estimaciones
de la oficina argentina de Amnistía Internacional- que alrededor de 7500
personas quedaran varadas en el límite provincial sin poder ingresar a esa
jurisdicción.
Según Isfrán, esta decisión “impacta en una de las medidas
sanitarias más estratégicas y más efectiva que hemos implementado hasta el
momento”. Se refirió así al “Programa de Ingreso Ordenado y Administrado”, que
estableció una serie de controles para la entrada de los formoseños que se
encontraban en otros puntos del país, con la aceptación previa de ser
trasladado a un Centro de Alojamiento Preventivo asignado, en un plazo a
comunicar al interesado, entre otros requisitos.
“La Corte Suprema reconoció las facultades de la provincia
de Formosa para establecer en nuestro territorio las medidas de prevención que
consideremos adecuadas frente a la pandemia”, aclaró el gobernador.
El fallo contra Gildo
La Corte Suprema le ordenó a Formosa que permita el ingreso
a su territorio de los varados, y le dio un plazo máximo de 15 días hábiles,
contados a partir de este jueves, para concretar la medida con el cumplimiento
de las normas sanitarias que estime pertinentes.
“Aun cuando pudiesen resultar adecuadas a la tutela de la
salud pública, las medidas adoptadas por las autoridades provinciales aparecen
como limitaciones irrazonables a la autonomía personal frente a la demora para
concretar el ingreso de quienes lo requieren, incluso, de aquellas personas
que, de acuerdo con la propia reglamentación local, se encontrarían dentro de
los casos prioritarios”, señaló la Corte.
En una decisión unánime, la Corte puntualizó que “la
restricción de derechos en el marco de la aplicación de medidas de la
naturaleza de las descriptas, no resulta prima facie razonable en su aspecto
temporal”, ni tampoco “en el aspecto económico, en tanto supedita el ejercicio
de derechos a una determinada capacidad económica”, indicaron fuentes
judiciales.
Con el objeto de prevenir el contagio del Covid-19, las
autoridades provinciales implementaron el “Programa de Ingreso Ordenado y
Administrado”, que estableció una serie de controles para la entrada de los
formoseños que se encontraban en otros puntos del país, con la aceptación
previa de ser trasladado a un Centro de Alojamiento Preventivo asignado, en un
plazo a comunicar al interesado, entre otros requisitos.
Sobre este programa, y “sin perjuicio de reconocer los
propósitos de protección de la salud pública perseguidos por el Estado
provincial”, la Corte señaló que “lo cierto es que, en los hechos, las
restricciones establecidas por las autoridades locales no superan el test de
razonabilidad que establece el artículo 28 de la Constitución Nacional, al
suprimir libertades individuales más allá de lo tolerable”.
Resaltó que, aunque transcurrieron “varios meses desde la
puesta en práctica del referido Programa, no se ha definido el tiempo de su
vigencia ni de las medidas allí dispuestas, ni existen indicios de hasta cuándo
se extenderán las restricciones al derecho a transitar libremente”.
Subraya la Corte que “este derecho a transitar libremente en
su territorio, sin distinción alguna está reconocido a sus habitantes por la
Constitución Nacional en sus artículos 8° y 14, y por instrumentos
internacionales de protección de los derechos humanos, como la Convención
Americana sobre los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos
Civiles, ambos con jerarquía constitucional en la Argentina”.
Con respecto de las esperas “sufridas por las personas
solicitantes de ingreso para retornar a sus domicilios ubicados dentro de los
límites provinciales -períodos durante los cuales se encontraban en las más
variadas situaciones, algunas de ellas de alta vulnerabilidad-, conforme a la
información brindada por la propia provincia”, el fallo señala que “en algunos
casos se extendieron por cuatro meses”.
En ese sentido, la Corte evaluó que “los planteos judiciales
que se efectuaron en otras instancias por parte de los afectados por las
restricciones” cuestionadas, y “la cantidad de personas que fueron autorizados
a ingresar a Formosa por esa vía -denunciados por el Estado provincial como una
interferencia a las políticas sanitarias desarrolladas-, solo demuestran la
insuficiencia del sistema instaurado para responder a la legítima demanda de
pedidos de autorización de ingresos”.
Destaca que teniendo en cuenta la información proporcionada
por la provincia a solicitud de la Corte, como “la cantidad total de plazas en
los Centros de Alojamiento Preventivo, los ingresos ya programados para los
meses de noviembre y diciembre, el tiempo de permanencia mínima en dichos
centros y las solicitudes pendientes de autorización, muchos de esos pedidos de
ingreso demorarán varios meses más en ser satisfechos”.
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