ARGENTINA: Informaron 3119 nuevos casos y 118 muertes en 24 horas

Informaron 3119 nuevos casos y 118 muertes en 24 horas El total de contagios en el país es de 1.466.309 y las víctimas fatales ascienden a 39.888. Ya son 1.300.696 los pacientes recuperados. El Ministerio de Salud informó este lunes 3119 nuevos casos de coronavirus y 118 muertes en 24 horas en la Argentina. En el reporte vespertino se detalló que los infectados en todo el país son 1.466.309, y las víctimas fatales, 39.888. En tanto, suman 1.300.696 los pacientes dados de alta. Según los datos del Gobierno, de las 118 víctimas fatales, 74 son hombres y 43 mujeres. Además, se informó que “una persona, residente en la provincia de Córdoba, fue registrada sin dato de sexo”. También se comunicó que en las últimas 24 horas se hicieron 9.951 testeos de coronavirus. De esta forma, las pruebas diagnósticas realizadas desde el inicio de brote ascienden a 4.111.139, lo que equivale a 90.600 muestras por millón de habitantes. En total, se conocieron 693 nuevos casos en la provincia de Buenos...

FORMOSA-Gildo Insfrán acatará el fallo de la Corte por los varados pero advierte: “Impacta en una medida sanitaria efectiva”

Se acatará el fallo de la Corte por los varados

Fue después de que el máximo tribunal le ordenó el ingreso de las personas que estaban en la frontera y no podían volver a sus casas.


 





“El derecho a la salud y a la vida de 640 mil formoseños y formoseñas son bienes superiores en el marco de la pandemia”, con este argumento, el gobernador de Formosa Gildo Insfrán le retrucó a la Corte Suprema. El jueves el máximo tribunal le ordenó el ingreso de las personas que estaban en la frontera y no podían volver a sus casas desde el inicio de la pandemia de coronavirus. Sin embargo, aclaró: “Somos respetuosos con las instituciones de la República y cumpliremos con el fallo”.

La Corte se expidió de esta manera ante un amparo colectivo presentado por damnificados por las limitaciones a la libre circulación de personas que impusieron las autoridades formoseñas, y que motivó -según estimaciones de la oficina argentina de Amnistía Internacional- que alrededor de 7500 personas quedaran varadas en el límite provincial sin poder ingresar a esa jurisdicción.

Según Isfrán, esta decisión “impacta en una de las medidas sanitarias más estratégicas y más efectiva que hemos implementado hasta el momento”. Se refirió así al “Programa de Ingreso Ordenado y Administrado”, que estableció una serie de controles para la entrada de los formoseños que se encontraban en otros puntos del país, con la aceptación previa de ser trasladado a un Centro de Alojamiento Preventivo asignado, en un plazo a comunicar al interesado, entre otros requisitos.

“La Corte Suprema reconoció las facultades de la provincia de Formosa para establecer en nuestro territorio las medidas de prevención que consideremos adecuadas frente a la pandemia”, aclaró el gobernador.

El fallo contra Gildo

La Corte Suprema le ordenó a Formosa que permita el ingreso a su territorio de los varados, y le dio un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de este jueves, para concretar la medida con el cumplimiento de las normas sanitarias que estime pertinentes.

“Aun cuando pudiesen resultar adecuadas a la tutela de la salud pública, las medidas adoptadas por las autoridades provinciales aparecen como limitaciones irrazonables a la autonomía personal frente a la demora para concretar el ingreso de quienes lo requieren, incluso, de aquellas personas que, de acuerdo con la propia reglamentación local, se encontrarían dentro de los casos prioritarios”, señaló la Corte.

En una decisión unánime, la Corte puntualizó que “la restricción de derechos en el marco de la aplicación de medidas de la naturaleza de las descriptas, no resulta prima facie razonable en su aspecto temporal”, ni tampoco “en el aspecto económico, en tanto supedita el ejercicio de derechos a una determinada capacidad económica”, indicaron fuentes judiciales.

Con el objeto de prevenir el contagio del Covid-19, las autoridades provinciales implementaron el “Programa de Ingreso Ordenado y Administrado”, que estableció una serie de controles para la entrada de los formoseños que se encontraban en otros puntos del país, con la aceptación previa de ser trasladado a un Centro de Alojamiento Preventivo asignado, en un plazo a comunicar al interesado, entre otros requisitos.

Sobre este programa, y “sin perjuicio de reconocer los propósitos de protección de la salud pública perseguidos por el Estado provincial”, la Corte señaló que “lo cierto es que, en los hechos, las restricciones establecidas por las autoridades locales no superan el test de razonabilidad que establece el artículo 28 de la Constitución Nacional, al suprimir libertades individuales más allá de lo tolerable”.

Resaltó que, aunque transcurrieron “varios meses desde la puesta en práctica del referido Programa, no se ha definido el tiempo de su vigencia ni de las medidas allí dispuestas, ni existen indicios de hasta cuándo se extenderán las restricciones al derecho a transitar libremente”.

Subraya la Corte que “este derecho a transitar libremente en su territorio, sin distinción alguna está reconocido a sus habitantes por la Constitución Nacional en sus artículos 8° y 14, y por instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, como la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles, ambos con jerarquía constitucional en la Argentina”.

Con respecto de las esperas “sufridas por las personas solicitantes de ingreso para retornar a sus domicilios ubicados dentro de los límites provinciales -períodos durante los cuales se encontraban en las más variadas situaciones, algunas de ellas de alta vulnerabilidad-, conforme a la información brindada por la propia provincia”, el fallo señala que “en algunos casos se extendieron por cuatro meses”.

En ese sentido, la Corte evaluó que “los planteos judiciales que se efectuaron en otras instancias por parte de los afectados por las restricciones” cuestionadas, y “la cantidad de personas que fueron autorizados a ingresar a Formosa por esa vía -denunciados por el Estado provincial como una interferencia a las políticas sanitarias desarrolladas-, solo demuestran la insuficiencia del sistema instaurado para responder a la legítima demanda de pedidos de autorización de ingresos”.

Destaca que teniendo en cuenta la información proporcionada por la provincia a solicitud de la Corte, como “la cantidad total de plazas en los Centros de Alojamiento Preventivo, los ingresos ya programados para los meses de noviembre y diciembre, el tiempo de permanencia mínima en dichos centros y las solicitudes pendientes de autorización, muchos de esos pedidos de ingreso demorarán varios meses más en ser satisfechos”.

Comentarios